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Pubbl. Dom, 29 Apr 2018

”Daspo interno”: en la próxima temporada, los clubes de fútbol podrán negar el acceso a los aficionados rebeldes.

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Anna Lapolla


El Comisario Extraordinario de la FIGC ha impuesto un nuevo sistema de gestión a los clubes, que podrán ”daspar” los que no respetarán las reglas éticas.


Una novedad ha sido introducida en el mundo del fútbol, de los aficionados y de la relación club-aficionados, a través de la declaración oficial n° 15 del Comisario Extraordinario FIGC del 7 marzo de 2018, con la cual, fue cambiado el art. 12 del Código de Justicia Deportiva, con la introducción del apartado 10 (como adjunto sub. A).

La nueva disposición - definible como "daspo interno" - entrará en vigor para los clubes profesionales de la temporada 2018/19 y prevé, entre otras cosas, la posibilidad, por el club, de aplicar tales medidas a los aficionados que no respetan el código ético, las cuales implican, en vista de la naturaleza y seriedad de los hechos, la suspensión temporal del título de acceso, su retiro definitivo y la prohibición de adquirir un nuevo título.

En la práctica, los clubes están obligados, bajo pena de costosas multas pecuniarias, a dotarse de un código reglamentario para las vendas de títulos de admisión y a vender los títulos exclusivamente a los aficionados que aceptarán y se adaptarán a este código, basado en los conceptos de rechazo de todas las formas de violencia, discriminación y de comportamiento, en contraste con los principios de corrección y probidad. El código, además, tiene que prever, en caso de su violación, medidas desalentadoras, sobre la posibilidad de comprar los títulos de acceso, que podrán acabar incluso con la prohibición de adquirir un nuevo título.

La nueva norma prevé fuertes penalizaciones pecuniarias también a cargo del club que no aplique, en el caso específico, las medidas desalentadoras esperadas por su Código.

Aquí el texto del nuevo apartado 10 del artículo 12 del Código de Justicia Deportiva.

Los clubes profesionales tienen que adoptar un código de regulación de la trasferencia de títulos de acceso a eventos de fútbol:

  • a) incluye, entre otras cosas, el rechazo de cada forma de violencia, discriminación y de comportamientos, en contraste con los principios de corrección y probidad;
  • b) que subordine la adquisición de los mismos títulos hasta la aceptación, por parte de los usuarios del mismo código;
  • c) que incluye, en caso de su violación, la aplicación de medidas, teniendo en cuenta la naturaleza y la gravedad de los hechos, la suspensión temporaria del título de acceso, su retiro final, la prohibición de adquirir un nuevo título.

En caso de que no se adopte el código reglamentario, antes del comienzo de la temporada deportiva, los clubes incurren en la siguientes sanciones:

  • 200.000 para violaciones en la liga de Serie A;
  • € 100.000 para violaciones en la liga de Serie B;
  • 50.000 para violaciones en la Lega Pro.


En caso de no aplicación de las medidas desalentadoras previstas por el mismo código, los clubes incurrirán en las siguientes sanciones:

  • € 20.000 para violaciones en la liga de Serie A;
  • € 10.000 para violaciones en la liga Serie B;
  • € 5.000 para violaciones en la Lega Pro.