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Pubbl. Dom, 20 Mar 2016

Un contrato estimatorio para un sujetador millonario

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Filomena Di Filippo


Cuando un sujetador ultra millonario se hace objeto de un contrato estimatorio internacional.


Para cada fashion addicted, la marca de ropa interior estadounidense Victoria´s Secret representa lujo y glamour, sobretodo gracias a sus modelos más famosas.

Desde Naomi Campell a Gisele Bündchen, así como Adriana Lima, Doutzen Kroes y Cara Delevingne, todas han desfilado para esta mega marca que cada año presenta sus colecciones en noviembre con un mega desfile (se debe considerar que el show de este año costó alrededor de 13 millones de dólares).

El objetivo de este show es querer mostrar (anualmente) la colección de ropa interior diseñada por la colosal marca estadounidense. En particular, entre todos resalta una pieza: el Fantasy Bra, un sujetador one-of-a-kind, recubierto con piedras preciosas y vestido por la modelo del momento (este año fue el turno de la estadounidense Lily Aldrige).

Pero, ¿Quién produce este sujetador? ¿Cuánto cuesta? ¿Quién lo compra? Y, sobretodo, ¿qué pasa si nadie se lo compra?

Quién produce el Million Dollar Bra (Fantasy Bra) es un joyero escogido por Victoria´s Secret, que crea esta pieza única para la marca en cuestión. Sus costes dependen del uso y de la calidad de las piedras preciosas usadas, que están alrededor de 2 y 10 millones de dólares. Este año, por ejemplo, el creador del Fantasy Bra, del valor de 2 millones de dolares, usado por Lily Aldrige, fue el joyero árabe Mouvad.

Después del desfile para el lanzamiento mundial del sostén, éste, queda en poseso de Victoria´s Secret por un año, en la espera de un comprador. Expirado el termine, caso no se haya vendido (como ha sucedido siempre excepto en 2004), el Fantasy Bra regresa al joyero que lo deshace y reutiliza las piedras.

Así se configura un contrato estimatorio que, en Italia, está reglamentado por el art. 1556 CC, donde se prevé que “una parte (tradens) entrega una o más bienes muebles a la otra parte (accipiens), obligándola a pagar el precio con el cual pueda restituir los bienes en el termine establecido”.

El sector en el cual se recorre a este contrato es lo del vestuario porque, desde un punto de vista practico, el accipiens (en este caso Victoria´s Secret) no será propietario del bien (Fantasy Bra), sino que lo tendrá por el tiempo establecido. Caso el objeto precioso no sea vendido, regresará al legítimo propietario (el joyero), sin gravar excesivos cargos sobre la casa de moda.

Las dos partes tienen algunas obligaciones. Por lo que concierne los tradens, hay la expedición del bien y su disposición hasta el termine establecido para la entrega; para el accipiens, hay la correspondencia de la carga pecuniaria del bien, aunque sea perito por motivos imputables a él y el pago del precio estimado al tradens (un tipo de caución sobre el bien).

Un punto clave del acta en cuestión es la expedición del bien que, por el contrato estimatorio, prevé la inserción de la póliza en la carga pecuniaria en cuanto, una vez terminado este contrato y caso no regrese en las manos del propietario (tradens), será de propriedad del accipiens, que pagará el precio entero, aunque no se haya vendido.

Este caso se tuvo, en Nueva York (USA), sede de Victoria´s Secret. Es sorprendente notar como no haya alguna diferencia a nivel normativo y (incluso) sintáctico entre la norma italiana y la neoyorquina. Aquí reportamos lo establecido por la N.Y. UCC. LAW 2—326: NY Code- Section 2-326: Sale on Approval and Sale or Return; Rights of Creditors, la cual, diferencia el contrato estimatorio en dos variantes: una para uso personal (sale on approval) y una para uso comercial (sale or return):

[Inglés] 1) Unless otherwise agreed, if delivered goods may be returned by the buyer even though they conform to the contract, the transaction is a ´sale on approval´ if the goods are delivered primarily for use, and (b) a ´sale or return´ if the goods are delivered primarily for resale. 2) Goods held on approval are not subject to the claims of the buyer´s creditors until acceptance; goods held on sale or return are subject to such claims while in the buyer´s possession. 3) Any ´or return´ term of a contract for sale is to be treated as a separate contract for sale within the statute of frauds section of this Article (Section 2--201) and as contradicting the sale aspect of the contract within the provisions of this Article on parol or extrinsic evidence (Section 2—202).

[Español] 1) Si no está establecido diferentemente, si el bien expedido ha regresado al negociante aunque sea conforme con el contrato, esta transacción se llama “venta con aprobación” cuando el bien se ha vendido principalmente para uso (privado) y (b) “venta o regreso” si el bien se ha vendido para ser después revendido. 2) Los bienes bajo aprobación no son sujetos a petición de los acreedores del negociante hasta cuando no sean aceptados; los bienes comprados a “venta o regreso” son sujetos a estas pretensiones, aunque estén en poseso del negociante. 3) Cada cláusula o “regreso” de un contrato de venta tiene que ser separado respecto al de venta, como mencionado en el estatuto sobre el fraude de tal artículo (sección 2—201) y como contradictorio del aspecto de la venta del contrato en el acta (contrato) o evidencia extrínseca (sección 2—202).